Advocare Abogados

Por Cristina Ceccarelli y David Pino

En Advocare Abogados nos alegra comunicar el éxito alcanzado en la defensa de uno de nuestros clientes frente a un fondo de recuperación de créditos que reclamaba una deuda generada por los intereses abusivos de una tarjeta revolving 7 años después de cancelarse la tarjeta.

Así, además de argumentar la inexistencia de la deuda por haber transcurrido el plazo de prescripción de 5 años, alegábamos frente al Juez la falta de transparencia en la redacción del contrato firmado entre la entidad financiera y nuestro cliente, pues no cumplía con las prerrogativas de la Circular del Banco de España 5/2012 (que impide que la letra con la que se redactan los contratos financieros sea inferior a 1.5 mm), así como la abusividad de la TAE aplicada al crédito por vulnerar la Ley de Represión de la Usura y ser manifiestamente desproporcionada respecto de los intereses aplicados en las mismas fechas para la celebración de los mismos contratos financieros.

La sentencia dictada por el Juzgado de Primera Instancia de Sevilla, hace hincapié en el momento que ha de ser considerado el punto de partida para el cómputo del plazo de prescripción de cinco años (el llamado “dies a quo”), siendo este el día en el que la entidad financiera procede al CIERRE DE LA CUENTA y no el momento en el que se procedía a la cesión del crédito por parte de la entidad financiera al fondo de recuperación del crédito, como la actora, erróneamente, argumentaba.

La sentencia pone de manifiesto que no es posible considerar como método válido de interrupción de la prescripción la notificación remitida por la entidad EQUIFAX dado que no ha quedado probada fehacientemente su recepción por el destinatario.

En definitiva, habiendo transcurrido el plazo de cinco años sin que nuestro cliente recibiera notificación alguna respecto de la supuesta deuda, y no existiendo interrupción alguna de la prescripción, pues no se puede acreditar la recepción de la comunicación de EQUIFAX, el Juzgado declara la improcedencia de la reclamación por el fondo de recuperación de créditos a nuestro cliente.

Si has recibido alguna notificación de reclamación de deuda o tienes algún crédito o tarjeta revolving en la que le puedan estar aplicando intereses abusivos, no dude en contactar con nosotros.