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Cómo registrar una marca comercial

¿Qué es una marca? ¿Qué significa nombre comercial?

Según la Oficina Española de Patentes y Marcas (OEPM), una marca es “un título que concede el derecho exclusivo a la utilización de un signo para la identificación de un producto o un servicio en el mercado.”

Así mismo, la OEPM define nombre comercial como “un título que concede el derecho exclusivo a la utilización de cualquier signo o denominación como identificador de una empresa en el tráfico mercantil. Los nombres comerciales, como títulos de propiedad industrial, son independientes de los nombres de las sociedades inscritos en los Registros Mercantiles.”

¿Por qué tenemos que registrar nuestra marca o nombre comercial?

Las marcas comerciales no sólo sirven para que el consumidor identifique a una empresa en cuestión que vende un determinado producto o servicio. También esa imagen sirve para que ese consumidor busque tu marca por un motivo en concreto, porque le guste, porque se sienta bien.

Por consiguiente, esa imagen de marca genera un posicionamiento en el mercado, la va ganando normalmente con el tiempo, es decir, va adquiriendo prestigio.

Por tanto, proteger esta imagen, este trabajo y prestigio que se ha ido generando a través del tiempo es esencial para continuar con la actividad. Ya que, si no la hemos protegido antes, nos las pueden quitar y echaría por tierra todo el trabajo realizado. Y, aunque esto último parece anecdótico, por desgracia, pasa más de lo que nos gustaría.

¿Qué tengo que saber antes de registrar una marca o un nombre comercial?

  • El registro de la marca comercial se tiene que realizar en la OEPM.
  • Las marcas y los nombres comerciales se registran por periodos renovables de 10 años.
  • Cualquier persona física o jurídica puede solicitar un registro.

¿Cómo registrar una marca o nombre comercial?

Si cuentas con los servicios de Advocare Abogados, por esto no te tienes que preocupar. Realizamos todos estos trámites:

  • Lo primero que hay que hacer para el registro es confirmar que la denominación que quieres proteger se encuentra disponible.
  • Después tienes que completar un formulario de solicitud con todos los datos de lo que se quiere registrar y a nombre de quién o de quiénes.
  • Una vez presentada la solicitud, empieza el procedimiento que lleva hasta la concesión. Ésta normalmente tarda unos 5 o 6 meses. En la mitad de dicho procedimiento se produce la publicación de la marca en el BOPI (Boletín Oficial de la Propiedad Industrial).

En Advocare Abogados ofrecemos un asesoramiento jurídico completo sobre los requisitos y formalidades inherentes a las solicitudes de registro de la propiedad industrial en cualquiera de sus manifestaciones, haciéndonos cargo de la presentación telemática de las solicitudes y realizando los análisis previos necesarios para garantizar la resolución favorable de la concesión de los derechos en exclusiva para nuestros clientes. Asimismo, representamos a nuestros clientes en oposiciones de registro frente a terceros.

  • Patentes y modelos de utilidad, que protegen las innovaciones de índole técnica.
  • Diseños industriales, que protegen las innovaciones estéticas como aspecto externo de los productos.
  • Marcasnombres comercialesdenominaciones de origen e indicaciones de procedencia.
avales ico | advocare abogados

Nueva Línea de Avales ICO

En la era de la Globalización, la guerra entre Rusia y Ucrania, está causando serios problemas no sólo humanitarios si no económicos, sobretodo en la UE, por motivos de dependencia energética y de importación de materias primas con los países del conflicto.

La UE está poniendo coto con las famosas sanciones a Rusia, pero desde el Gobierno ya han aprobado nuevos avales ICO para empresas y autónomos afectados por la guerra en Ucrania.

¿Quiénes podrán beneficiarse de la nueva línea de avales ICO?

Los autónomos y pymes, que se estén viendo afectados por el incremento de costes de materias primas y suministros derivado de la guerra entre Ucrania y Rusia, ya pueden solicitar un crédito ICO avalado por el Estado. El Consejo de Ministros ha aprobado y publicado vía BOE en la resolución de 10 de mayo de 2022, de la Secretaría de Estado de Economía y Apoyo a la Empresa, la apertura de un primer tramo de 5.000 millones de euros de la nueva línea de avales públicos que llegará próximamente hasta los 10.000 millones de euros. Ésta medida ya está disponible para todos los sectores de actividad, exceptuando el financiero y de seguros.

Fecha de solicitud

Los autónomos y pequeños negocios que tengan dificultades de liquidez pueden ya solicitar esta nueva línea de crédito avalada por el Estado, la cual podrá ser solicitada hasta el 1 de diciembre del presente año, todas aquellas empresas que:

  • No se encuentren en situación de morosidad.
  • No se encuentren en proceso concursal a la fecha de firma de la operación.
  • Estén libres de sanciones de la Unión Europea.
  • No tengan ningún proceso de ejecución de avales gestionados por el ICO en el momento de su solicitud.

¿Cuáles son los importes máximos de estos avales ICO?

Según las últimas informaciones, “Los avales garantizarán el 80% de los nuevos préstamos de las operaciones solicitadas siendo el importe máximo a avalar de hasta 400.000 euros. las empresas del sector primario, acuicultura y pesca podrán solicitar avales por valor de 35.000 euros. La vigencia de estos avales tendrá un plazo máximo de 10 años”.

¿Se puede solicitar un importe superior?

 “Para préstamos por un volumen superior, el aval podrá garantizar:

  • Hasta el 80% del importe del crédito para pymes y autónomos.
  • Hasta el 70% para el resto de empresas
  • El importe total del préstamo no podrá ser mayor del 15% del volumen de negocios anual medio total del beneficiario durante los tres últimos ejercicios, o del 50% de los costes de la energía en los doce meses anteriores a la solicitud del préstamo”.

Requisitos básicos de las entidades financieras

Las operaciones tendrán un periodo de carencia de 12 meses. Asimismo, las entidades financieras tendrán que mantener abiertas las líneas financiación de sus clientes hasta el 31 de diciembre de este año. Además, deberán aplicar los mejores usos y prácticas bancarias siempre beneficiando a sus clientes y no podrán condicionar la aprobación de estos préstamos a la contratación de ningún otros servicio o producto por parte del cliente.

Si tienes alguna duda o necesitas asesoramiento legal, recuerda que en Advocare Abogados somos especialistas en Derecho Mercantil.

Nueva Ley de Tráfico | Advocare Abogados

Nueva Ley de Tráfico. Se endurecen las sanciones

El pasado 21 de marzo de 2022 entró en vigor el último gran paquete de modificaciones de la Nueva Ley de Tráfico. Medidas que la Dirección General de Tráfico considera necesarias para mejorar la seguridad vial, pero que en muchos ámbitos se consideran un intento de afán recaudatorio de la Administración.

El 21 de diciembre de 2021 se procedió a la publicación en el BOE de la Ley 18/2021, de 20 de diciembre, por la que se modifica el Texto Refundido de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, aprobado por el Real Decreto Legislativo 6/2015, de 30 de octubre.

El procedimiento administrativo sancionador en materia de tráfico deja abierta la posibilidad de presentar alegaciones en el plazo de 20 días naturales desde la notificación de la denuncia y recurso dentro del procedimiento ordinario en caso de disconformidad con los hechos.

Principales novedades en la Nueva Ley de Tráfico

  • Sanción de 6 puntos por utilizar el móvil con la mano. La cuantía de la multa será de 200 euros. Se mantiene con pérdida de 3 puntos, y 200 euros de multa, conducir utilizando cualquier tipo de casco de audio o auricular conectado a aparatos receptores o reproductores de sonido u otros dispositivos.
  • Retirada de 6 puntos del permiso de conducir y multa de 500€ por arrojar colillas a la vía. Esta acción pasa a considerarse infracción muy grave (hasta ahora conllevaba la pérdida de 200€ y 4 puntos).
  • Sanción de 4 puntos y multa de 200€ por no hacer uso o no hacerlo de forma adecuada del cinturón de seguridad, sistemas de retención infantil, casco y demás elementos de protección obligatorios.
  • Se suprime la posibilidad que tienen los turismos y las motocicletas de rebasar en 20 km/h los límites genéricos de velocidad fijados para las carreteras convencionales cuando adelanten a otros vehículos que circulen a velocidad inferior.
  • En ningún caso un conductor menor de edad podrá circular por las vías con una tasa de alcohol en sangre superior a 0 gramos por litro o de alcohol en aire espirado superior a 0 miligramos por litro, circulando como peatón o en un vehículo de movilidad personal o bicicleta.
  • Se prohíbe llevar en el vehículo mecanismos de detección de radares o cinemómetros. Se sancionará con 200€ y pérdida de 3 puntos. Se mantiene la sanción de 500€ y 6 puntos por conducir vehículos que tengan instalados inhibidores de radares.
  • Se impide la circulación de patinetes por autopistas y autovías y también por las aceras. Y obliga a sus usuarios a usar casco.
  • Para adelantar a una bicicleta o ciclomotor, se debe guardar una distancia de seguridad de, al menos 1,5 metros, salvo que la calzada cuente con más de un carril por sentido, en cuyo caso será obligatorio el cambio completo de carril. Queda prohibido adelantar poniendo en peligro o entorpeciendo a ciclistas que circulen en sentido contrario, incluso si estos ciclistas circulan por el arcén.
  • Se permite el uso de dispositivos Bluetooth en el casco con fines de comunicación o navegación, siempre que no afecten a la seguridad en la conducción y que se pueda acreditar que se trata de un dispositivo homologado.
  • El plazo para recuperar puntos para todas las infracciones será de 2 años (hasta ahora era de tres para infracciones muy graves). Para recuperarlos se exige no haber sido sancionado en esos dos años en firme en vía administrativa por la comisión de infracciones que lleven aparejada la pérdida de puntos.
  • Parar o estacionar en carriles bicis desde la entrada en vigor de la nueva ley, estará prohibido.
  • Se instaura el uso del “alcoholock” desde el 6 de julio de 2022, los conductores de vehículos de transportes de viajeros por carretera que dispongan de interfax para la instalación de alcoholímetros antiarranque, estarán obligados a usar estos dispositivos. Son medidores de alcohol en sangre instalados en los vehículos, que de dar positivo el conductor impediría el arranque del automóvil.
Ley de Segunda Oportunidad | Advocare Abogados

Reajustes en la Ley de Segunda Oportunidad

¿Qué es la Ley de Segunda Oportunidad?

La Ley de Segunda Oportunidad es un mecanismo legal que permite a particulares y autónomos con deudas renegociarlas o librarse de parte de ellas. Este procedimiento está ideado para que las personas físicas, con o sin actividad empresarial, puedan superar una situación de insolvencia grave o quiebra. Esta ley nació en 2015 tras el impacto económico que la anterior crisis había tenido en los ciudadanos españoles.

Tras la pandemia del Covid-19 y sus consecuencias, las deudas volvieron a suponer un gran problema para muchos trabajadores y autónomos. Así, el número de concursos solicitados en el primer trimestre de 2021 se incrementó un 50% frente al mismo período del 2020.

Próxima reforma

La Ley de Segunda Oportunidad tiene prevista una reforma que se prevé que entre en vigor muy pronto, antes del próximo 30 de junio. Este reajuste se incluye dentro del Proyecto de Ley de reforma del Texto Refundido de la Ley Concursal.

El Anteproyecto de Reforma introduce una nueva regulación en materia de exoneración del pasivo insatisfecho, lo que comúnmente se denomina “segunda oportunidad”.

Claves de la reforma de La Ley de Segunda Oportunidad

Podemos destacar algunos puntos clave de este reajuste:

  • Deudas con la Administración Pública.

Es uno de los cambios propuestos que más opiniones encontradas genera. Se pretende abrir la puerta de manera muy restrictiva al perdón de las deudas públicas a las personas naturales que hayan fracasado en proyectos empresariales.

La exoneración de la deuda sería de un máximo de 1.000€ para las deudas con Hacienda, y de otros 1.000€ para aquellas contraídas con la Seguridad Social.

  • Reducción de las fases.

La Ley de Segunda Oportunidad cuenta, actualmente, con varias fases que retrasan su cumplimiento. Una primera documental y otra segunda donde se intenta celebrar un acuerdo extrajudicial entre acreedores y deudores. Existe una tercera fase, que es opcional, y se celebra en caso de no alcanzar un acuerdo previo.

La reforma intenta reducir los tiempos procesales estableciendo unos plazos máximos en cada fase del procedimiento.

  • Cantidad mínima.

Se incluye la novedad de que ya no hay umbral de pasivo mínimo para obtener la exoneración. Si el deudor llega con masa activa al concurso, podrá obtener la exoneración sin necesidad de liquidar su patrimonio.

  • Limitación del tiempo del preconcurso

Una vez que esta reforma de la Ley de Segunda Oportunidad entre en vigor, se limitará el tiempo del preconcurso a un máximo de seis meses. Una vez transcurridos los primeros 3 meses tras la comunicación al juzgado, la empresa deudora podrá solicitar únicamente una prórroga de tres meses.

Analizamos las claves de la Futura Ley de la Vivienda

El pasado 5 de octubre de 2021, el Gobierno anunció el proyecto de una nueva ley de vivienda a nivel estatal. Según el ejecutivo “va a producirse una reserva de todas las nuevas promociones del 30% para vivienda protegida y de ese 30%, la mitad va a ser para alquiler social; es decir, que, en toda la nueva construcción, ya sea pública o privada, se va a tener que reservar un 30% para vivienda protegida”.

Además, el Consejo de Ministros aprobó el 5 de octubre un RD Ley, incluidos en los fondos europeos, para regular los programas de rehabilitación de residencias y construcción de vivienda social, para el que se destinarán 4.420 millones de euros. Entre otras medidas, se construirán 20.000 nuevas viviendas destinadas a alquiler social.

Puntos importantes de la Ley de la Vivienda 

Los puntos candentes de esta futura ley son los siguientes:

  1. El 30% de las nuevas promociones de vivienda se destinarán a vivienda protegida.
  2. Asignar una regulación en los precios de alquiler establecida por ley para las zonas tensionadas.
  3. Definir al “Gran tenedor de vivienda”. Según el proyecto, éstos serían los propietarios que tuvieran más de 10 viviendas.
  4. Un impuesto a la vivienda vacía a través de un recargo del impuesto sobre bienes inmuebles (IBI) de hasta el 150%.
  5. Propuesta de una mejora de la regulación del IRPF para estimular el alquiler de vivienda habitual a precios asequibles.
  6. Facilitar un bono de 250 euros para fomentar la emancipación de los jóvenes de entre 18 y 35 años. Dicha medida estaría incluida en los Presupuestos Generales del Estado de 2022 y no en la futura ley de la vivienda.

Dichas personas deben disponer de unas rentas en cada ejercicio por debajo de los 23.725 euros, que son tres veces el IPREM. Este bono anual de 3.000 euros se podrá recibir durante dos ejercicios.

Puesta en marcha

La nueva ley de la vivienda incluirá la regulación el precio del alquiler para las personas jurídicas que sean grandes tenedores. Como hemos dicho antes, serán aquellos que cuenten con más de 10 viviendas en posesión. Deberán, por ley, descender los precios de los alquileres en base al índice de referencia para todos los contratos en las zonas de mercado tensionadas. La norma considera como tales aquellas áreas, distritos, barrios o ciudades en la que los precios medios del alquiler han crecido en los últimos cinco años más de cinco puntos por encima de lo que lo ha hecho el IPC. Además, el importe de media de la renta debe ser más del 30% de la media de ingresos por hogar o familia.

Las viviendas deshabitadas podrían estar sujetas, ya tengan de propietaria a una persona física o jurídica con más de cuatro inmuebles, a un recargo en el Impuesto sobre Bienes Inmuebles de hasta el 150%. Dicho impuesto lo podrán aplicar los ayuntamientos.

Otro de los puntos importantes de la Ley de Vivienda, tal y como hemos comentado al principio de este artículo, va a ser los cambios en la fiscalidad. Se propone una mejora de la regulación del IRPF para estimular el alquiler de vivienda habitual a precios asequibles, a través del cambio de la actual reducción del 60% en el rendimiento neto del alquiler de vivienda habitual.

Para ello, el proyecto de ley propone disponer, en los nuevos contratos de arrendamiento, un porcentaje de reducción general del 50%. Este porcentaje se podrá ir modificando en función de una serie de parámetros, como son el alquiler de viviendas protegidas, que tendrán una reducción adicional del 10%; alquiler de viviendas recientemente rehabilitadas, también un 10% o alquiler de viviendas a jóvenes entre 18 y 35 años, un 20% de reducción.

Series de abogados

Series de abogados para aprender derecho fácil

Las series de abogados se han convertido en un elemento imprescindible del catálogo de series de cualquier plataforma digital -Netflix, Amazon, HBO…-   donde muchas personas están enganchadas a este tipo de series.

Son un género muy atractivo que nos hace soñar con desempeñar esta profesión. El sector de la abogacía suele tener un gran papel en las pantallas. Al público le gusta ver sus aventuras, por lo que las diferentes cadenas y plataformas siguen confiando en nuevas propuestas que giren a su alrededor. 
Si queremos pasar un buen rato aprendiendo derecho, no solo tenemos las series; también podemos encontrar películas, docuseries o documentales. Algunas de ellas pueden llegar a generar debate sobre diversos temas de índole legal. 

Te contamos cuáles son las mejores películas y series de abogados:

El inocente 

Mick Haller es un abogado defensor que no tiene despacho, sino que trabaja en la parte posterior de un coche Lincoln Continental con chófer, que lo lleva de un juzgado a otro de Los Ángeles, para defender a toda clase de criminales que tienen problemas con la ley.

Se pone en tela de juicio la ética de los abogados y la forma en la que llevan los casos. La duda invade al personaje principal y su manera de reaccionar, evolucionar y manejar la situación se vuelve lo más importante de la película.

Podemos observar en el recorrido de la película que se centran en el derecho procesal. 

The good wife 

Alicia Florrick,  abogada de profesión, es esposa de un popular político que cae en desgracia y termina en la cárcel. La vida de la protagonista toma un giro inesperado, y se ve derrumbada moralmente. 

Ella intenta rehacer su vida volviendo a ejercer la abogacía después de muchos años. Inicia sus actividades trabajando de prueba en un bufete, sin descuidar su vida familiar. 

Empezó como una serie de abogados con un buen reparto y fue evolucionando hasta convertirse en una de las mejores series que hubo en emisión durante muchos años.

Una serie bastante completa ya que abarca derecho civil, procesal y mercantil. 

Scandal 

Una compañía de gestión de crisis, liderada por la antigua directora de comunicaciones de la Casa Blanca (Kerry Washington), se encarga de resolver problemas de todo tipo en las altas esferas de Washington por encargo de sus clientes. 

La trama principal se convierte en la historia del escándalo más grande del momento, y de cómo logran afrontar la infidelidad del presidente de los Estados Unidos.

Una serie atractiva y sobre todo muy adictiva. No hay serie que ofrezca más giros y que ponga a sus protagonistas en situaciones más límites.

Extremadamente cruel, malvado y perverso 

Ted Bundy fue uno de los asesinos en serie más peligroso de los años 70 pero, además de asesino fue un secuestrador, violador, ladrón, necrófilo… Su novia, Elizabeth Kloepfer, se convirtió en una de sus más fieles defensoras, negándose a creer la verdad sobre él durante años.

El Mundo publicó una columna de Irene Villa donde hace referencia a «Extremadamente cruel, malvado y perverso».  La periodista desarrolla su punto de vista de la película enfocada a la actualidad.

Podemos ver claramente durante toda la película que se centra en el derecho penal, los actos cometidos por el actor Zac Efron no tienen perdón. 

Suits

Un joven ex-estudiante de derecho que se gana la vida haciendo exámenes por los demás gracias a su memoria fotográfica. Un día se ve envuelto en un lío de drogas y acaba conociendo a Harvey Specter, un abogado de alto ranking, que al ver su brillantez lo acaba contratando en su firma pese a ni siquiera tener título universitario.

Suits es una serie de abogados que empezó de forma modesta y sin ningún atractivo especial. Ha ido evolucionando y mejorando hasta convertirse en una de las series más elegidas por el público. 

Cómo defender a un asesino 

Esta serie se centra en la figura de Annalise Keating, una profesora de derecho penal de una prestigiosa universidad en Filadelfia. Sus alumnos están convencidos de que quieren seguir sus pasos y aplicar sus enseñanzas en el mundo jurídico. 

Al poco tiempo se ven  envueltos en un caso de asesinato que cambia por completo sus vidas. Se van desarrollando subtramas que se presentan en cada capítulo.

Podemos ver durante todas las temporadas que se centran únicamente en el derecho penal. 

American crime story 

Los casos más emblemáticos de crímenes en los Estados Unidos. La primera saga, basada en el libro de «The Run of His Life: The People V. O.J. Simpson», resume el caso de O.J. Simpson, famoso exjugador de fútbol americano, fue exculpado por un jurado popular de haber cometido un doble homicidio. 

Esta miniserie está contada desde la perspectiva de los abogados de Simpson. Cuentan las maniobras y estrategias legales utilizadas por las partes involucradas en un juicio histórico.

En el transcurso de los asesinatos podemos ver cómo se ejecuta todo mediante el derecho penal. 

Estas películas y series de abogados las puedes disfrutar en Netflix. Si eres un apasionado de la abogacía, ejerces en este sector, estudiante de derecho o simplemente disfrutas con este tipo de series ¡te las recomendamos!. 

Nosotros como abogados, disfrutamos viendo y descubriendo nuevas series y películas de abogados. Si tienes alguna recomendación que no hayamos tratado en este artículo, envíanosla por un tweet. 

¿Qué es el protocolo familiar?

El protocolo familiar es un mecanismo para otorgar seguridad a las relaciones entre la familia y la empresa.

Se trata de un documento contractual en el que los socios de una determinada empresa dejan registrados por escrito acuerdos consensuados que regulan las relaciones profesionales, económicas e incluso personales entre los miembros de una familia empresaria y la empresa de la cual es propietaria, además del funcionamiento interno de la misma.

Los instrumentos de toda empresa, como son los acuerdos estatutarios, pueden resultar insuficientes para una empresa familiar, pues en las empresas familiares se precisa regular otros aspectos que normalmente no son necesarios en empresas no familiares: 

  • Acceso y salida de familiares al gobierno de la empresa
  • Sucesión
  • Formación de los futuros directivos
  • Pactos intrafamiliares
  • Valores éticos
  • Fórmulas para resolución de conflictos
  • Relaciones económicas y profesionales entre los miembros de la familia y la empresa

El Diario Jurídico publicó una noticia que se denominaba “El protocolo familiar es el aliado perfecto de las empresas familiares”, , donde se explicaban las consecuencias que ha tenido la pandemia en este tipo de empresas, en las que ha aumentado el número de problemas legales. También se desvelan en el artículo los errores a evitar en el desarrollo de un protocolo familiar. 

Contenido del protocolo familiar 

Es bastante complicado establecer cuál sería el contenido estándar para el protocolo familiar, ya que el protocolo se configura de diferente manera dependiendo de cada familia empresaria y empresa familiar. Se toman en consideración las aspiraciones y circunstancias de la familia y de la empresa, de tal forma que los miembros del grupo familiar ( los socios de la empresa) puedan regular todos los asuntos sobre los que deseen pronunciarse, y fijar acuerdos sobre todo lo que estimen conveniente, sin necesidad de seguir las formalidades. 

La estructura más habitual, o el contenido mínimo que debería dotarse el protocolo familiar es el siguiente:

Introducción del protocolo familiar

Realizar consideraciones sobre el fundador, la familia, el origen de la empresa, los valores que el fundador o fundadores, el ámbito de sus actividades, donde nació…etc. 

Historia

Historia de la empresa y de la familia.  

Valores familiares

Los valores de la familia y los valores para la empresa.

La empresa

Descripción de la empresa o grupos de empresas, su misión y visión, y perspectivas de futuro sobre el diseño de la empresa familiar. 

Pactos Sociales o Estatutarios

Aquellos que pueden incorporarse a los estatutos sociales. 

Pactos para sociales o extraestatutarios

Los pactos para sociales son aquellos pactos que no es posible incorporar en los estatutos sociales, porque no serían inscribibles, pero que son convenientes de establecer para regular las relaciones entre la familia y la empresa, estableciéndose pactos en los que se regulen aspectos como los siguientes:

  • Normas que regulen las condiciones de incorporación de los miembros de familia en la empresa, cualificación exigible, funciones, retribución y control de su rendimiento.
  • Normas y criterios sobre la jubilación y/o salida de los gestores de la empresa.
  • Condiciones sobre las relaciones socio-sociedad (por ejemplo, préstamos)
  • Control de las sociedades patrimoniales de los socios
  • Directrices sobre régimen matrimoniales
  • Consecuencias de divorcio
  • Otros.

Órganos de Carácter Familiar

Establecer claramente los criterios de composición, organización y funcionamiento de los órganos familiares.

Si te encuentras en esta situación o necesitas asesoramiento sobre otra tema, somos especialistas en este mismo ámbito, cooperativas y herencias y sucesiones. Ponte en contacto con nosotros sin compromiso y te asesoramos de la mejor manera posible.  

conflictos gestión de empresas familiares

Posibles conflictos en la gestión de empresas familiares

Una empresa familiar es una compañía que ha sido creada y dirigida por más de un miembro familiar, y en donde la unidad ejerce un papel fundamental para la continuidad de la misma. Hay que dejar claro que la gestión de empresas familiares cuenta con múltiples ventajas tales como el éxito compartido, la lealtad entre los miembros de la familia, el apoyo entre unos y otros y el orgullo del apellido o apellidos de la familia.

Sin embargo, la experiencia nos muestra que, en muchos casos, no todo va como la seda y, en ocasiones, habrá que hacer frente a problemas y conflictos que adquieren enormes dimensiones debido al enfrentamiento entre lo personal y lo profesional, siendo este el factor  número uno en el derrumbe de muchas empresas familiares.

Lo que ocurre es que, usualmente, se suele eludir esta clase de inconvenientes con el fin de no causar daño a nadie, o poner en jaque al vínculo familiar. Por ello, no son pocas las veces en que los familiares de la empresa se han visto impotentes o incapaces de tomar decisiones, pues lo emocional y lo sentimental irrumpen en la escena. De este modo, lamentablemente, la energía que debería centrarse en mejorar el rendimiento empresarial se desvía hacia unos senderos de naturaleza destructiva.

Conflictos en la gestión de empresas familiares

Conflictos de intereses

Esto es frecuente cuando uno de los miembros de la familia anhela un puesto concreto aun sin estar lo suficientemente preparado para ello, sea por falta de experiencia o formación. Y sobre todo, cuando dicho puesto de trabajo incluye destituir o desprestigiar a otro familiar.

Como solución, lo conveniente sería tratar dicha cuestión en grupo y bajo la tutela de varios miembros de la empresa, una reunión en donde se dejen claras las razones y motivos por los que dicha persona debería, o no, optar por dicho puesto.

Conflictos entre generaciones

Otro de los conflictos más arduos de tratar es cuando existe un enfrentamiento entre distintas mentalidades o maneras de enfocar una gestión en concreto. Al tratarse de opiniones dispares a lo acostumbrado es frecuente que otros miembros más conservadores rechacen las propuestas sin ninguna justificación convincente, siendo este acto el origen de una bola de nieve protagonizada por los diferentes puntos de vista.                                                                                                                   

La solución es agradecer cualquier nueva propuesta que pueda contribuir a la mejora del colectivo y estudiarla con esmero y detenimiento sin dejarse llevar por otros factores subjetivos.

Mezcla entre lo personal y lo profesional

En ocasiones es ineludible separar lo personal de lo profesional dentro de una empresa familiar. Esto fomenta la formación de un ambiente hostil, poco productivo y en donde no todos los miembros reman en la misma dirección.

En este caso conviene hablar de los problemas antes de que sea demasiado tarde e intentar, dentro de lo que cabe, no trasladar los desacuerdos personales al ámbito laboral.

¿Tienes problemas de gestión de empresas familiares? ¡Te ayudamos!

En Advocare Abogados te ayudamos a lidiar con todo tipo de problemas relacionados con la empresa familiar antes de que sea demasiado tarde. Nuestra principal prioridad es asesorarte, como miembro de la compañía, con el fin de proteger la integridad de la misma y fomentar la creación de un ambiente favorable que fomente la prosperidad y la continuidad de la empresa.                                                                        

Ponemos a tu disposición toda nuestra experiencia y conocimiento en el ámbito empresarial; de ahí que, para cualquier duda o pregunta que te surja, no dudes lo más mínimo en contactar con nosotros, estaremos encantados de atenderte.


cooperativas emprender pandemia

Las cooperativas: ideales para emprender en pandemia

La cooperativa puede ser una buena solución para emprender como forma societaria en este contexto económico de crisis provocado por la pandemia que estamos viviendo, debido a todos los beneficios que esta modalidad de emprendimiento supone.

Una de las principales ventajas de emprender por medio de una cooperativa es que se minimizan los riesgos del emprendimiento, esto es porque son más personas las que deciden hacerlo conjuntamente y están dispuestas a que funcione.

Debemos valorar que en la actualidad los desempleados pueden capitalizar el 100% de su prestación para constituir una cooperativa, siendo esta una alternativa interesante a la búsqueda de trabajo en momentos en que es más complicado encontrar empleo.

¿Qué es una cooperativa?

La cooperativa consiste en una asociación autónoma de personas unidas voluntariamente para responder a sus necesidades y aspiraciones económicas, culturales y sociales comunes a través de una empresa de propiedad conjunta que se encuentra controlada democráticamente por sus socios.

El factor más importante de las sociedades cooperativas es el trabajo que aporta cada socio, con un reparto de beneficios en base al trabajo realizado y no según el dinero que se aporte a la sociedad.

Algunas de las principales características de las cooperativas son:

  • Se requiere al menos 3 socios para la constitución en cooperativas de primer grado, y 2 para cooperativas de segundo grado.
  • El capital social mínimo se incluye en los Estatutos de la Cooperativa.
  • La razón social es el nombre de la cooperativa junto con “S. Coop” o “Sociedad Cooperativa”.
  • Un voto por socio.
  • Responsabilidad limitada al capital que se aporta.
  • No se puede transmitir la propiedad.

Ventajas de emprender en pandemia con una cooperativa

  • La gestión y la propiedad de la empresa es de los socios, que trabajan para sí y si la cooperativa crece ellos también. Esto ayuda a una mayor motivación en el trabajo.
  • Los socios pueden darse de alta y de baja cuando lo deseen, ya que hay libre adhesión.
  • Economía equitativa. Los que integran la cooperativa son socios y todos ellos tienen las mismas oportunidades de mejorar su economía independientemente de que ganen lo mismo o no.
  • Bonificaciones fiscales, ya que hay excepciones y bonificaciones a nivel fiscal para este tipo de empresas. También hay programas del Gobierno que facilitan su financiación.
  • Las personas son importantes. La clave es colaborar y mejorar la calidad de vida de las personas más allá de un objetivo mayor. Se favorece la ayuda mutua y solidaridad. No se prima tanto el alto crecimiento económico por encima de todo, sino el beneficio de los socios y que el proyecto siga.
  • Toma de decisiones. Esta se toma por parte de los socios, sin haber un dueño o propietario absoluto que decida sin contar con los demás. Son los socios los que definen su destino. Cada socio tiene derecho a un voto.
  • Mayor comunicación entre los socios y colaboración para crecer mutuamente.
  • La Administración suele recurrir más a las cooperativas que tienen cierta antigüedad.

Advocare asesora a emprendedores que quieran crear su propia cooperativa

Advocare Abogados es una cooperativa que asesora a otros emprendedores a montar su propia cooperativa para que puedan emprender en pandemia y sepan obtener el mayor provecho de su actividad.

En Advocare Abogados, uno de los compromisos principales está relacionado precisamente con el movimiento cooperativista a través de la participación en asociaciones como FAECTA, AndaluciaEsCoop, AMECOOP y FEMPES

¿Tienes una idea? Te ayudamos.

Medidas sanitarias restaurantes

Medidas sanitarias para restaurantes en prevención del Covid-19

El pasado 3 de mayo la Junta de Andalucía ha publicado un documento técnico en el que se recogen una serie de medidas higiénico-sanitarias que deben ser implantadas por las empresas de restauración, en prevención de los contagios del COVID-19.

Entre los destinatarios de las medidas nos encontramos con bares, cafeterías, venta de comidas preparadas, hamburgueserías, pizzerías, restaurantes, venta en carretera, etc.

En primer lugar, con anterioridad a la apertura, las empresas de restauración deberán elaborar un Plan de Actuación específico que contemple todas las medidas que se adoptarán en los diferentes escenarios de trabajo: cocinas, barras, camareros y personal de limpieza. En este documento se deben especificar los recursos humanos y materiales destinados a cada espacio de trabajo, así como quién se encargará de su supervisión. Se recomienda la realización de simulacros de ejecución de dicho plan de actuación, para que los empleados estén informados y puedan resolver sus dudas.

Respecto de las medidas de higiene a adoptar por los empleados habrá que hacerse hincapié en los siguientes puntos:

  • Higiene frecuente de las manos.
  • Higiene respiratoria: cubrirse la nariz y la boca con un pañuelo al toser y estornudar, desecharlo a un cubo de la basura con tapa y pedal. Si no se dispone de pañuelos, emplear la parte interna del codo para no contaminar las manos.
  • Evitar tocarse los ojos, la nariz o la boca con las manos.
  • Mantener el distanciamiento social de 2 metros, en la medida de lo posible.

Para ello, los trabajadores contarán con un equipo de protección compuesto por geles hidroalcohólicos y mascarillas, cuyo uso será obligatorio cuando no pueda garantizarse la distancia de seguridad interpersonal.

Asimismo, habrá que informar a los empleados de que en el hipotético caso de que uno de ellos presente síntomas de COVID-19 debe abstenerse de acudir al trabajo e informar de ello al responsable de la empresa.

En cuanto a las medidas a adoptarse para la reapertura de establecimientos cerrados, se requiere expresamente:

  1. Revisar los alimentos que quedaron almacenados en el establecimiento, desechando aquellos que pueden presentar algún tipo de alteración, comprobando las fechas de consumo de todo ellos (y desechándolos en caso de duda), así como si los congelados han mantenido la temperatura adecuada y no presentan signos de descongelación parcial.
  2. Realizar una limpieza y desinfección profunda de los locales, mobiliario, instalaciones, equipos, desmontando aquellos que lo requieran, los filtros de ventilación incluidos aires acondicionados, protegiendo los alimentos durante estas operaciones. Habrá que utilizar productos autorizados para establecimientos alimentarios
  3. Revisar que el lavavajillas funciona correctamente y alcanza la temperatura de entre 65º Y 85º.
  4. Revisar el funcionamiento adecuado de los equipos refrigeración, congelación, mantenimiento de comidas preparadas en caliente y horno y equipos de elaboración de comidas.
  5. Revisar el adecuado funcionamiento de los equipos de ventilación de los locales, prestar atención a los extractores de aseos.
  6. Comprobar que los sensores o termómetros funcionen correctamente.
  7. Revisar que los lavamanos funcionen correctamente y que haya dotación suficiente para empleados y para aseos al público, para facilitar las operaciones correctas de higiene.

En cuanto a las medidas a adoptarse para el desarrollo de la actividad, se recomienda organizar la distribución espacial, evitando la concurrencia simultánea del personal en espacios comunes y habilitando un espacio en el que el trabajador pueda cambiarse de ropa y calzado al comenzar y finalizar su turno.

Se recomienda también colocar carteles informativos sencillos y claros respecto de las medidas a respetar en cada espacio del establecimiento así como la disposición de geles hidroalcohólicos en número y distribución adecuados.

Es fundamental mantener la puerta del establecimiento abierta (salvo que sea de apertura automática), evitando así que empleados y/o clientes deban tocarla para abrirla, y reducir al mínimo posible el uso de elementos comunes (bolígrafos, libretas, teléfonos, datáfonos).

Es necesario elaborar un Plan reforzado de limpieza y desinfección, asegurándose de que haya una buena limpieza antes de proceder a la desinfección. El plan reforzado deberá contemplar: listado de los locales, equipos y superficies a desinfectar; frecuencia de limpieza y desinfección; útiles empleados para realizar la limpieza y desinfección, así como los productos químicos. De igual manera, hay que utilizar productos virucidas para establecimientos alimentarios; tanto la Junta de Andalucía como el Ministerio de Sanidad han elaborado una lista de los productos recomendados para la desinfección del Covid-19.

Las vajillas y cubiertos reutilizables deben ser limpiados y desinfectados de forma mecánica en lavavajillas.

Es necesario prestar especial atención a las áreas comunes y a las superficies que se manipulan frecuentemente. La ocupación máxima de los aseos será de una persona (salvo que la persona precise asistencia) y deberá procederse a la limpieza de los aseos como mínimo 6 veces al día, asegurando la existencia continua de jabón y toalla de un solo uso. Asimismo, es fundamental la adecuada ventilación de los locales, a realizar varias veces al día durante al menos 10 minutos cada vez, mientras que los extractores de los aseos deben funcionar permanentemente mientras que el establecimiento esté abierto.

Respecto de los proveedores, hay que tener en cuenta lo siguiente:

  1. Es prioritario que haya stock y rápida reposición de los materiales de protección de los empleados.
  2. Debe establecerse un horario para la recepción de las materias primas, evitando la coincidencia con clientes y facilitando los medios necesarios para que las entregas sean los más rápidas posibles, priorizando pagos telemáticos y asegurando que los nuevos proveedores estén autorizados y sean fiables.
  3. Se restringe la entrada del personal ajeno a las zonas de almacenamiento o manipulación del establecimiento.
  4. Debe evitarse la introducción de embalajes de cartón y cajas externas en las zonas de almacenamiento o manipulación.

Respecto de las medidas higiénicas a adoptarse por quienes manipulen alimentos, además de mantener con rigor las que ya venían aplicándose, habrá que comprobar que se haya realizado una limpieza y desinfección antes de usar las instalaciones, equipos o útiles; proteger las materias primas, productos intermedios y comidas, así como asegurar que las comidas preparadas en caliente alcancen la temperaturas necesarias y que se conserven a las temperaturas de conservación necesarias. Además, habrá que evitar que el personal de cocina comparta útiles de cocina y establecer un sistema de entrega por el que se reduzca el contacto entre personal de cocina y camareros.

En cuanto a las medidas a adoptar durante el servicio, se recomienda:

  • Identificar con claridad las mesas y espacios de la barra.
  • Poner carteles informativos sobre las normas a seguir por los clientes;
  • Disponer de geles en lugar accesible a los clientes para su uso previo y posterior a las consumiciones y en todo caso a la entrada del establecimiento;
  • Evitar el uso por los clientes de cartas reutilizables;
  • Evitar elementos decorativos en las mesas y barras, priorizando el uso de material no reutilizable en elementos como saleros, aceiteras o servilleteros;
  • Usar mantelería de un solo uso;
  • Fomentar el pago con medios telemáticos;
  • Suspender barras de ensaladas y bufes que requiera usar dispensadores comunes.

Respecto de las medidas a adoptarse por el reparto a domicilio / entrega en situ:

  • Hay que elaborar un Plan de Actuación o listado de las medidas a tomar, evitando contacto con los repartidores o los clientes que recogen la comida.
  • En la entrega a domicilio puede establecerse un sistema de reparto preferente para personas mayores de 65 años.
  • En los servicios de recogida, el cliente deberá realizar el pedido por teléfono y se fijará un horario de recogida, evitando así aglomeraciones en el establecimiento.
  • El establecimiento deberá contar con un espacio habilitado para la recogida de pedidos, donde se realizará el intercambio y pago. En todo caso deberá garantizarse la debida separación física y cuando no sea posible, la instalación de mostradores y mamparas.
  • En los establecimientos en los que sea posible atender personalmente a más de un cliente deberá señalarse de forma clara la distancia de seguridad interpersonal de dos metros entre clientes, con marcas en el suelo.
  • Todos los trabajadores deben contar con equipos de protección individual adecuados al nivel de riesgo (al menos mascarillas).

Respecto de la elaboración y preparación de los pedidos, habrá que tener en cuenta lo siguiente:

  • Elaborarlos con la menor antelación posible.
  • Entregarlos ya preparados y protegidos al repartidor.
  • Evitar exponer los envases usados más tiempo del necesario fuera de su protección 
  • Evitar la contaminación cruzada entre crudos y listos para comer.
  • Favorecer el pago previo electrónico de los pedidos.
  • Mantener la distancia en las entregas a repartidos.

Durante la recogida en el mismo establecimiento habrá que habilitar una zona del local para ello, ayudar a mantener el distanciamiento social a través de la señalización, garantizar que los repartidores respeten la distancia, disponer de geles hidroalcohólicos.

Durante el reparto y entrega, habrá que cumplir lo siguiente:

  • El tiempo desde la elaboración a la entrega deben ser el menor posible, no superar nunca las dos horas.
  • En las entregas habrá de respetarse el distanciamiento social de dos metros.
  • Los repartidores tendrán que desinfectar los dispositivos electrónicos con frecuencia elevada, limpiar y desinfectar las bolsas o contenedores de reparto al menos al inicio y finalización del turno.

En definitiva, con estas recomendaciones la Junta de Andalucía apela al sentido de responsabilidad de los empresarios de la restauración sobre las medidas a adoptar para prevenir la difusión del COVID-19, medidas clave cuya adecuada implantación permitirá retomar cuanto antes la actividad en el sector de la restauración.