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Ley Influencer, profesionalización

Las redes sociales y los distintos medios digitales se han convertido en una fantástica plataforma de promoción para las empresas. Estas marcas, además de usar sus perfiles para promocionar su producto o servicio, recurren en muchas ocasiones a un personaje conocido (influencer) para que les ayuden en su difusión.

Ser influencer ya es una nueva ocupación profesional, aunque aún tiene muchos aspectos y vacíos legales por resolver. La propuesta de la Comisión Nacional de Mercados y la Competencia quiere regular estas actividades en el marco de la comunicación audiovisual.

Si bien, en un inicio, eran creadores de contenido amateurs, con los años su actividad se ha profesionalizado y por ello la nueva ley quiere regular el contenido, y la publicidad que difunden a través de redes sociales. Quedando así sujetos todos aquellos profesionales que dirigen sus servicios a España, con independencia de que tengan fijada su residencia en el país o en otro Estado de la Unión Europea.

Nos encontramos ante una reforma legislativa de muchísima importancia para el mundo publicitario. Es indiscutible la repercusión que tienen en la actualidad un referente o influencer de este tipo. Y también es cierto que, hasta ahora, disponían de bastante libertad a la hora de realizar su labor, al no estar su actividad profesional sometida a ningún control específico. Es por eso que entra en vigor la nueva Ley General de Comunicación Audiovisual, que así se llama la conocida como «Ley Influencer».

Nueva regulación para el influencer

La nueva ley introduce un régimen sancionador, con una clara tipificación de infracciones leves, graves o muy graves.

  • Infracciones muy graves: La sanción puede ser de hasta 1,5 millones de euros y se darán por la emisión Así, tendrán consideración de muy graves con multas de hasta 1.500.000 euros (pudiendo llevar aparejada la pérdida de la licencia para prestar el servicio de comunicación audiovisual) la emisión de contenidos que de forma manifiesta inciten a la violencia, atenten contra la dignidad humana, favorezcan situaciones de discriminación de cualquier tipo o fomenten delitos de odio, violencia de genero o sexual. Comportamientos nocivos para la seguridad o la protección del medioambiente.
  • Infracciones graves: Pueden acarrear multas de hasta 750.000€ y están tipificadas como graves la emisión de contenido relacionado con juegos de azar, apuestas, esoterismo y paraciencias, así como publicidad encubierta y subliminal.
  • Infracciones leves: Quedan como sanciones leves todo el resto de incumplimientos de la Ley del Influencer y su multa puede ser de hasta 250.000€.

Todas estas normativas que incluyen la nueva Ley Audiovisual reforzarán el marco normativo que nuestro ordenamiento jurídico posee actualmente. Hay que recordar que en 2021 entró en vigor el Código de Conducta sobre el Uso de Influencers en Publicidad. Un código que no es vinculante pero cuya no adhesión puede tener un impacto muy negativo en la reputación de una empresa.

Es decir, hasta ahora no existía una ley como tal que regulara la actividad de los influencers, eso es lo que se cambia con esta norma. Pero las buenas prácticas publicitarias y la publicidad en sí si están reguladas en nuestro ordenamiento jurídico.

– La publicidad encubierta constituye un supuesto específico de publicidad engañosa objeto de una tipificación múltiple en la Ley de Competencia Desleal.

– La no identificación de contenido con fin publicitario puede interpretarse como publicidad ilícita en aplicación de la Ley General de Publicidad.

Para cualquier duda sobre la nueva Ley Audiovisual o cualquier otra consulta, ponte en contacto con nosotros. Estaremos encantados de atenderte.

La reducción de jornada laboral y sus consecuencias

Solicitar una reducción de jornada laboral es un derecho de todo trabajador, y puede solicitarse por nacimiento de un hijo y en otros supuestos. En España nos caracterizamos, desgraciadamente, por un desconocimiento endémico de nuestros derechos, como se ha demostrado durante esta pandemia de COVID. Por eso es importante saber en qué casos podemos solicitar esta reducción de jornada para asegurarnos de que nuestros derechos se cumplen y nadie se está aprovechando de nosotros.

Todo esto está muy bien pero, si estás aquí, es probable que sea porque te preguntas cómo va eso de la reducción de jornada laboral. No te preocupes, nosotros te resolvemos tus dudas, pero lo primero es lo primero ¿Cuándo puede solicitarse?

¿Cuándo puedo solicitar una reducción de jornada?

Es importante recordarlo: estos casos son independientes del tipo de contrato que tengas. La picaresca española es bien conocida en estos casos y difícil de evitar, pero recuerda mantenerte firme. La reducción de jornada es un derecho pensado para facilitar la conciliación, haciendo posible el mantener una vida privada y social sin tener que renunciar al trabajo. Es por ello que la reducción de jornada se contempla en todos estos supuestos:

Reducción de jornada laboral por nacimiento, acogida o adopción

Son cosas diferentes, pero el resultado es el mismo. Si debemos hacernos cargo de un recién nacido, sea cual sea su procedencia, tenemos derecho a solicitar una reducción en nuestra jornada de hasta media hora por lactancia. 

Nacimientos prematuros o enfermedad neonatal

Si nuestro hijo debe permanecer hospitalizado tras su nacimiento, sea cual sea el motivo, de nuevo tendremos derecho a una reducción de jornada de trabajo. En este caso de hasta dos horas, pero prorrogables en caso de ser progenitor único.

Tener a nuestro cargo un hijo menor de 12 años

En estos casos la reducción puede ser desde un octavo hasta la mitad de nuestra jornada. Esta es la reducción de jornada más típica, y la que seguramente hayas escuchado más veces y una de las más incumplidas. 

Tener a nuestro cargo a una persona discapacitada

Si somos los guardas legales de una persona con cualquier tipo de minusvalía, aunque no sea nuestro familiar, y esta no está trabajando tendremos derecho a beneficiarnos de esta medida de conciliación: podrá reducirse nuestra jornada en el mismo número proporcional en el que si tuviésemos un hijo menor de 12 años; esto es desde un octavo hasta la mitad de nuestra jornada puede reducirse por este supuesto.

Tener que cuidar a un familiar

De nuevo podremos reducir desde una octava parte hasta la mitad de nuestro horario laboral en caso de que tengamos que cuidar de un pariente, nuestro o de nuestro cónyuge, con una relación de consanguinidad de hasta segundo grado (Esto es: padres, abuelos, hijos, nietos o hermanos). Este supuesto contempla tanto enfermedades, como razones de edad o un accidente, siempre y cuando la persona en cuestión no se encuentre trabajando.

Reducción de jornada laboral por hospitalización continuada de un menor

Ya sea por cáncer o cualquier otra enfermedad que implique un “ingreso hospitalario de larga duración, así como cuidado directo, continuo y permanente” (Esto lo debe confirmar el Servicio Público de Salud u otro organismo administrativo sanitario de la Comunidad Autónoma correspondiente). Para este supuesto la ley prevé una reducción de, al menos, la mitad de la duración de nuestra jornada.

¿Qué significan todos estos números?

Todas estas reducciones, o la mayoría de ellas al menos, son acumulables unas con otras, y entendemos que esto es un lío tremendo. Cada caso es un mundo, y esta falta de homogeneidad la usan las empresas en sus beneficio. Según el instituto nacional de estadística el total de horas trabajadas en España a la semana se acerca a las 39 horas semanales. Un dato curioso teniendo en cuenta todos los supuestos que existen para una reducción de jornada, lo que sugiere un incumplimiento sistemático de esta medida. Si es tu caso, es importante recordar que solicitar tu reducción de jornada no es motivo de despido, pero entendemos que no es fácil saber qué hacer ante estos casos.

Si cumples con uno de estos requisitos debes avisar a tu empleador con 15 días de antelación mediante una carta de solicitud en la que expliques tus circunstancias concretas. Tú tienes la potestad de decidir cuánto exactamente quieres reducir de ella, siempre que se ajuste a los márgenes legales.

En Advocare Abogados nos comprometemos siempre a velar por tus intereses y asegurarnos de que la ley se cumpla siempre, evitando tratamientos injustos. Si no lo tienes claro, ¿por qué no consultarnos? ¡Asegúrate de que no te engañan!.