Medidas sanitarias restaurantes

Medidas sanitarias para restaurantes en prevención del Covid-19

El pasado 3 de mayo la Junta de Andalucía ha publicado un documento técnico en el que se recogen una serie de medidas higiénico-sanitarias que deben ser implantadas por las empresas de restauración, en prevención de los contagios del COVID-19.

Entre los destinatarios de las medidas nos encontramos con bares, cafeterías, venta de comidas preparadas, hamburgueserías, pizzerías, restaurantes, venta en carretera, etc.

En primer lugar, con anterioridad a la apertura, las empresas de restauración deberán elaborar un Plan de Actuación específico que contemple todas las medidas que se adoptarán en los diferentes escenarios de trabajo: cocinas, barras, camareros y personal de limpieza. En este documento se deben especificar los recursos humanos y materiales destinados a cada espacio de trabajo, así como quién se encargará de su supervisión. Se recomienda la realización de simulacros de ejecución de dicho plan de actuación, para que los empleados estén informados y puedan resolver sus dudas.

Respecto de las medidas de higiene a adoptar por los empleados habrá que hacerse hincapié en los siguientes puntos:

  • Higiene frecuente de las manos.
  • Higiene respiratoria: cubrirse la nariz y la boca con un pañuelo al toser y estornudar, desecharlo a un cubo de la basura con tapa y pedal. Si no se dispone de pañuelos, emplear la parte interna del codo para no contaminar las manos.
  • Evitar tocarse los ojos, la nariz o la boca con las manos.
  • Mantener el distanciamiento social de 2 metros, en la medida de lo posible.

Para ello, los trabajadores contarán con un equipo de protección compuesto por geles hidroalcohólicos y mascarillas, cuyo uso será obligatorio cuando no pueda garantizarse la distancia de seguridad interpersonal.

Asimismo, habrá que informar a los empleados de que en el hipotético caso de que uno de ellos presente síntomas de COVID-19 debe abstenerse de acudir al trabajo e informar de ello al responsable de la empresa.

En cuanto a las medidas a adoptarse para la reapertura de establecimientos cerrados, se requiere expresamente:

  1. Revisar los alimentos que quedaron almacenados en el establecimiento, desechando aquellos que pueden presentar algún tipo de alteración, comprobando las fechas de consumo de todo ellos (y desechándolos en caso de duda), así como si los congelados han mantenido la temperatura adecuada y no presentan signos de descongelación parcial.
  2. Realizar una limpieza y desinfección profunda de los locales, mobiliario, instalaciones, equipos, desmontando aquellos que lo requieran, los filtros de ventilación incluidos aires acondicionados, protegiendo los alimentos durante estas operaciones. Habrá que utilizar productos autorizados para establecimientos alimentarios
  3. Revisar que el lavavajillas funciona correctamente y alcanza la temperatura de entre 65º Y 85º.
  4. Revisar el funcionamiento adecuado de los equipos refrigeración, congelación, mantenimiento de comidas preparadas en caliente y horno y equipos de elaboración de comidas.
  5. Revisar el adecuado funcionamiento de los equipos de ventilación de los locales, prestar atención a los extractores de aseos.
  6. Comprobar que los sensores o termómetros funcionen correctamente.
  7. Revisar que los lavamanos funcionen correctamente y que haya dotación suficiente para empleados y para aseos al público, para facilitar las operaciones correctas de higiene.

En cuanto a las medidas a adoptarse para el desarrollo de la actividad, se recomienda organizar la distribución espacial, evitando la concurrencia simultánea del personal en espacios comunes y habilitando un espacio en el que el trabajador pueda cambiarse de ropa y calzado al comenzar y finalizar su turno.

Se recomienda también colocar carteles informativos sencillos y claros respecto de las medidas a respetar en cada espacio del establecimiento así como la disposición de geles hidroalcohólicos en número y distribución adecuados.

Es fundamental mantener la puerta del establecimiento abierta (salvo que sea de apertura automática), evitando así que empleados y/o clientes deban tocarla para abrirla, y reducir al mínimo posible el uso de elementos comunes (bolígrafos, libretas, teléfonos, datáfonos).

Es necesario elaborar un Plan reforzado de limpieza y desinfección, asegurándose de que haya una buena limpieza antes de proceder a la desinfección. El plan reforzado deberá contemplar: listado de los locales, equipos y superficies a desinfectar; frecuencia de limpieza y desinfección; útiles empleados para realizar la limpieza y desinfección, así como los productos químicos. De igual manera, hay que utilizar productos virucidas para establecimientos alimentarios; tanto la Junta de Andalucía como el Ministerio de Sanidad han elaborado una lista de los productos recomendados para la desinfección del Covid-19.

Las vajillas y cubiertos reutilizables deben ser limpiados y desinfectados de forma mecánica en lavavajillas.

Es necesario prestar especial atención a las áreas comunes y a las superficies que se manipulan frecuentemente. La ocupación máxima de los aseos será de una persona (salvo que la persona precise asistencia) y deberá procederse a la limpieza de los aseos como mínimo 6 veces al día, asegurando la existencia continua de jabón y toalla de un solo uso. Asimismo, es fundamental la adecuada ventilación de los locales, a realizar varias veces al día durante al menos 10 minutos cada vez, mientras que los extractores de los aseos deben funcionar permanentemente mientras que el establecimiento esté abierto.

Respecto de los proveedores, hay que tener en cuenta lo siguiente:

  1. Es prioritario que haya stock y rápida reposición de los materiales de protección de los empleados.
  2. Debe establecerse un horario para la recepción de las materias primas, evitando la coincidencia con clientes y facilitando los medios necesarios para que las entregas sean los más rápidas posibles, priorizando pagos telemáticos y asegurando que los nuevos proveedores estén autorizados y sean fiables.
  3. Se restringe la entrada del personal ajeno a las zonas de almacenamiento o manipulación del establecimiento.
  4. Debe evitarse la introducción de embalajes de cartón y cajas externas en las zonas de almacenamiento o manipulación.

Respecto de las medidas higiénicas a adoptarse por quienes manipulen alimentos, además de mantener con rigor las que ya venían aplicándose, habrá que comprobar que se haya realizado una limpieza y desinfección antes de usar las instalaciones, equipos o útiles; proteger las materias primas, productos intermedios y comidas, así como asegurar que las comidas preparadas en caliente alcancen la temperaturas necesarias y que se conserven a las temperaturas de conservación necesarias. Además, habrá que evitar que el personal de cocina comparta útiles de cocina y establecer un sistema de entrega por el que se reduzca el contacto entre personal de cocina y camareros.

En cuanto a las medidas a adoptar durante el servicio, se recomienda:

  • Identificar con claridad las mesas y espacios de la barra.
  • Poner carteles informativos sobre las normas a seguir por los clientes;
  • Disponer de geles en lugar accesible a los clientes para su uso previo y posterior a las consumiciones y en todo caso a la entrada del establecimiento;
  • Evitar el uso por los clientes de cartas reutilizables;
  • Evitar elementos decorativos en las mesas y barras, priorizando el uso de material no reutilizable en elementos como saleros, aceiteras o servilleteros;
  • Usar mantelería de un solo uso;
  • Fomentar el pago con medios telemáticos;
  • Suspender barras de ensaladas y bufes que requiera usar dispensadores comunes.

Respecto de las medidas a adoptarse por el reparto a domicilio / entrega en situ:

  • Hay que elaborar un Plan de Actuación o listado de las medidas a tomar, evitando contacto con los repartidores o los clientes que recogen la comida.
  • En la entrega a domicilio puede establecerse un sistema de reparto preferente para personas mayores de 65 años.
  • En los servicios de recogida, el cliente deberá realizar el pedido por teléfono y se fijará un horario de recogida, evitando así aglomeraciones en el establecimiento.
  • El establecimiento deberá contar con un espacio habilitado para la recogida de pedidos, donde se realizará el intercambio y pago. En todo caso deberá garantizarse la debida separación física y cuando no sea posible, la instalación de mostradores y mamparas.
  • En los establecimientos en los que sea posible atender personalmente a más de un cliente deberá señalarse de forma clara la distancia de seguridad interpersonal de dos metros entre clientes, con marcas en el suelo.
  • Todos los trabajadores deben contar con equipos de protección individual adecuados al nivel de riesgo (al menos mascarillas).

Respecto de la elaboración y preparación de los pedidos, habrá que tener en cuenta lo siguiente:

  • Elaborarlos con la menor antelación posible.
  • Entregarlos ya preparados y protegidos al repartidor.
  • Evitar exponer los envases usados más tiempo del necesario fuera de su protección 
  • Evitar la contaminación cruzada entre crudos y listos para comer.
  • Favorecer el pago previo electrónico de los pedidos.
  • Mantener la distancia en las entregas a repartidos.

Durante la recogida en el mismo establecimiento habrá que habilitar una zona del local para ello, ayudar a mantener el distanciamiento social a través de la señalización, garantizar que los repartidores respeten la distancia, disponer de geles hidroalcohólicos.

Durante el reparto y entrega, habrá que cumplir lo siguiente:

  • El tiempo desde la elaboración a la entrega deben ser el menor posible, no superar nunca las dos horas.
  • En las entregas habrá de respetarse el distanciamiento social de dos metros.
  • Los repartidores tendrán que desinfectar los dispositivos electrónicos con frecuencia elevada, limpiar y desinfectar las bolsas o contenedores de reparto al menos al inicio y finalización del turno.

En definitiva, con estas recomendaciones la Junta de Andalucía apela al sentido de responsabilidad de los empresarios de la restauración sobre las medidas a adoptar para prevenir la difusión del COVID-19, medidas clave cuya adecuada implantación permitirá retomar cuanto antes la actividad en el sector de la restauración.